basicamente de la clasificiacion que se da a los inmuebles por adhesion y por destinacion
a. cuando realizamos un contrato de compraventa, que tenga por objeto un inmueble ( finca), se entendenran incorporados los inmuebles por adhesion y por destinacion
pero si no quiero incorporarlos realizo una
CLAUSULA EXPRESA
en esta entonces se dira de manera contundente en escritura publica y sino los excluyo. si no realizo clausula queda entendido que los inmuebles por adhesion y destinacion quedan incluidos en la compraventa
b. tambien debe de entenderse salvo clausula expresa en contrario que cuando se hipoteca un inmueble quedan afectados tambien los inmuebles por destinacion y adhesion
c. embargo y secuestre, que se ordene sobre inmuebles cobijan por adhesion y destinacion
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