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martes, 3 de agosto de 2010

bienes tema VIII ( cosas divisibles e indivisibles )

la divisibilidad o indivisibilidad es un tema con tratamiento diferente al que se da en otras areas del conocimiento, la divisibilidad o particion de las cosas no se da lo mismo en las ciencias naturales que en el derecho, en el derecho una cosa es divisible cuando esta apesar de que se ha fraccionado o partido no se desmejora en cuando al servicio que prestar o no pierde su valor economico, no resulta viable por ende partir un tablero, o un caballo por q perderia su valor economico o su servicio a prestar

por ende si se demuestra que una cosa al fraccionarse pierde su valor economico o el valor de servicio pues se dira entonces que es indivisible.

la indivision se da por mandato legal o de manera voluntaria, es decir por la celebracion de un contrato

un solo bien es comprado por tres personas, una casa por ejemplo, la casa sera un bien indivisible aun perteneciendo a tres personas.

por virtud de una herencia, una persona puede dejar a una persona dos carros o a 5 personas dos carros, pero seguiran siendo ese carro indivisible.

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